La Policía Nacional de Cantabria estrena dispositivos de grabación unipersonal

Descripción

La toma de imagen y sonido, que ha de ser conjunta, quedará supeditada a la concurrencia de un peligro o evento concreto
Los agentes de la Policía Nacional de Cantabria comenzaron a utilizar el martes los dispositivos de grabación unipersonal (DGU), que están disponibles desde el pasado 8 de agosto en algunas localidades españolas tras un reparto paulatino entre las unidades de todo el país. Los DGU son equipos de dimensiones y peso reducidos, con funciones de grabación simultánea de audio y vídeo. Su activación se realiza de forma manual por el agente que requiera su empleo o de forma automática cuando el dispositivo esté vinculado con otras herramientas de dotación policial. La asignación de dichos dispositivos, que llegaron ayer a la Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana de la Jefatura Superior de Policía de Cantabria, se ha realizado de forma colectiva a las unidades y servicios de este área, y serán de carácter colectivo y de empleo unipersonal. Los agentes podrán hacer uso de estos dispositivos como nueva herramienta de dotación policial dirigida al mantenimiento del orden público y garantizar la seguridad ciudadana, todo ello sujeto a un protocolo sobre la utilización de DGU. Tal y como figura en el protocolo de uso, no se podrán utilizar los DGU, como norma general, cuando su activación se realice en el interior de domicilios, salvo consentimiento previo del titular de los derechos afectados, resolución judicial o para la prevención de delitos o infracciones administrativas muy graves o graves previstas en la ley. Según ha informado la Policía, el protocolo deja claro que la toma de imagen y sonido, que ha de ser conjunta, quedará supeditada, a la concurrencia de un peligro o evento concreto. Si la grabación capta la comisión de hechos que pudieran ser constitutivos de infracciones penales, los agentes pondrán esas imágenes a disposición judicial. Las grabaciones serán destruidas en el plazo de tres meses desde su captación, salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad pública, sujetas a una investigación policial en curso o con un procedimiento judicial o administrativo abierto. Los ciudadanos podrán ejercer los derechos de información, acceso, rectificación, supresión y limitación del tratamiento de sus datos personales de acuerdo con la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo.

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